Los ciberdelitos son un fenómeno en crecimiento exponencial. La sociedad de la información nos exige actualizarnos y prepararnos para las nuevas y complejas formas de delincuencia. En este artículo, exploraremos qué son los ciberdelitos, cuáles son los más comunes y su tipificación en el Código Penal Español.
Los ciberdelitos, también conocidos como delitos informáticos, son actividades ilícitas que se llevan a cabo a través de medios digitales: computadoras, móviles en internet. Se caracterizan por el uso de la tecnología para cometer acciones que pueden dañar, robar, alterar o interrumpir sistemas informáticos, datos personales o financieros, y otros bienes digitales.
Naturaleza digital: Su ejecución depende del uso de dispositivos electrónicos y redes de comunicación.
Variedad de formas: No existe un tipo único de ciberdelito sino que abarcan una amplia gama de actividades, desde el robo de identidad y el fraude financiero hasta el acoso en línea y el sabotaje de sistemas informáticos.
Carácter transfronterizo: A menudo, los ciberdelincuentes operan desde diferentes ubicaciones geográficas, lo que dificulta su persecución y enjuiciamiento.
Evolución constante: otra característica que los define es su rápida y constante evolución, a medida que avanza la tecnología, surgen nuevas formas de ciberdelitos, lo que requiere una adaptación continua de las leyes y las medidas de seguridad.
Fraudes y estafas online
Compras en línea falsas.
Phishing (engaños para obtener datos personales o bancarios).
Fraudes en inversiones o criptomonedas.
Suplantación de identidad (Identity Theft)
Creación de perfiles falsos en redes sociales.
Uso no autorizado de datos personales para realizar compras o contratar servicios.
Acceso ilícito a sistemas informáticos (hacking)
Robo de información confidencial.
Alteración de datos almacenados en servidores.
Delitos contra la intimidad y privacidad
Publicación de imágenes o datos personales sin consentimiento.
Sextorsión (chantaje relacionado con contenido sexual).
Ciberacoso y delitos contra el honor
Acoso en redes sociales o plataformas digitales.
Difamación y amenazas en línea.
Distribución de contenidos ilícitos
Pornografía infantil.
Incitación al odio o terrorismo.
Ataques de ransomware
Secuestro de información: los delincuentes cifran los archivos de un dispositivo y exigen un pago para liberarlos.
El Código Penal español aborda los ciberdelitos a través de diversos artículos que han sido actualizados para adaptarse a las nuevas realidades digitales. A continuación, se resumen los principales aspectos de su regulación.
Los principales delitos informáticos tipificados son:
Delitos contra la intimidad y el derecho a la propia imagen (artículos 197 y siguientes):
Incluyen el acceso no autorizado a sistemas informáticos, la interceptación de comunicaciones electrónicas y la revelación de secretos obtenidos por estos medios.
Se penaliza la difusión de imágenes o grabaciones íntimas sin consentimiento.
Las penas oscilan de entre uno a cuatro años de prisión en los supuestos básicos y de dos a cinco años de prisión en supuestos agravados, así como multas. En caso de ser cometidos por personas encargadas de la custodia de los datos las penas suben de tres a cinco años de prisión, es decir, penas de prisión que no pueden ser suspendidas en condiciones normales.
📌Es importante destacar que difundir imágenes o grabaciones audiovisuales de terceros obtenidas con su consentimiento en lugares privados pero que afecten a su intimidad está penado por la ley.
Daños informáticos (artículos 264 y siguientes):
Castigan la destrucción, alteración o supresión de datos o programas informáticos, así como la obstaculización o interrupción del funcionamiento de sistemas informáticos.
Se incluye la producción, adquisición o facilitación de programas informáticos destinados a cometer delitos.
❗Se castigan con penas que van hasta los ochos años de prisión en los casos más graves.
Estafa informática (artículo 248):
Contempla la manipulación de sistemas informáticos, obstaculizando, alterando, borrando, transmitiendo o suprimiendo indebidamente un sistema informático para obtener un beneficio económico ilícito, incluyendo la transferencia no autorizada de activos y el uso fraudulento de tarjetas de crédito, cheques de viaje o cualquier otro instrumento de pago inmaterial.
También se castiga a los fabricaren, importaren, obtuvieren, poseyeren, transportaren, comerciaren o de otro modo facilitaren a terceros dispositivos, instrumentos o datos o programas informáticos,
Otros delitos:
También se incluyen delitos como la suplantación de identidad (phishing), la distribución de malware y los delitos relacionados con la propiedad intelectual en el entorno digital, ciberdelitos sexuales, amenazas y coacciones.